Preguntas Frecuentes

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Tenemos disponibles diferentes instrumentos como:
  • Créditos en efectivo
  • Órdenes de compra
  • Descuento de documentos

Según su profesión:
  • Si es dependiente, mediante el recibo de sueldo
  • Si es independiente, presentando facturas de consumos de servicios públicos, mediante declaración propia, declaración de impuestos o certificado de Contador o Escribano Público
  • Si es jubilado o pensionista, mediante recibo de la pasividad

No pasa nada en especial. Meramente significa que por usted jamás se consultó o se informó a ningún bureau de crédito y por tanto al no disponer de datos figura como sin antecedentes crediticios. Es posible que usted haya operado con una empresa o comercio no adherido al bureau de crédito o bien que ésta no haya solicitado información previo a concederle un crédito. Es decir, usted no es conocido por las empresas que se dedican a brindar información sobre antecedentes de comportamiento crediticio, lo cual no es ni bueno ni malo en si mismo.

Si, y es muy beneficioso para usted que en caso de no poder cancelar la obligación completa realice una entrega a cuenta de la misma. Esto le elimina cualquier penalidad (multa) y le limita los importes de la mora en función de la fecha de entrega.

Lo mejor siempre es leer toda la documentación antes de realizar una operación de crédito. En la misma se encuentra la totalidad de las condiciones del mismo. En caso que, luego de realizado un crédito le surjan dudas, usted puede concurrir a cualquier local de CREDIFAST, llamar por teléfono a los números que se indican en esta página o ingresar en "contáctenos" en esta misma página que le responderemos inmediatamente.

Es la Tasa de interés Efectiva Anual a la cual se contrata un crédito. Esta tasa se informa sin el impuesto al valor agregado (IVA) que abonan los intereses.
El término "efectiva" implica una forma de cálculo muy utilizada en las finanzas que está recogida en la legislación nacional y significa que los intereses se calculan sobre los saldos efectivamente adeudados. Un ejemplo clarificará el concepto. Cuando usted toma un crédito cuyo capital es de $ 1.000 y lo abona en 10 cuotas de $ 120 cada una, con el pago de cada cuota usted amortiza capital de su deuda, pero también abona intereses. Luego de pagar la primer cuota, usted canceló la totalidad de los intereses que debía hasta ese momento y una parte del capital que tomó prestado, por lo que su deuda se reduce. Al abonar la segunda cuota, la carga de intereses será menor, porque aplica la misma tasa a una deuda inferior (no se olvide que amortizó una parte) y, entonces, el pago de capital será mayor. Justamente la tasa efectiva es la que se aplica sobre el capital adeudado. Ésta puede ser anual, mensual, bimestral, trimestral, semestral o por el período que se quiera. La tasa efectiva anual refiere entonces a esa tasa calculada en períodos de un año. Si bien la ley requiere que se informe la tasa efectiva anual, la que se utiliza con mayor frecuencia es la tasa mensual efectiva que se calcula como la raíz doceava de 1 más la TEA, menos una unidad. A este resultado se le adiciona el IVA.

Es la Tasa de interés Efectiva Anual en caso de caer en mora en un crédito. Las consideraciones sobre tasa efectiva anual, son válidas para la tasa de mora, lo único distinto será su cuantía.

En cada sucursal de CREDIFAST existe un libro de reclamos donde usted puede dejar el suyo. Si lo prefiere también o alternativamente puede hacerlo por medio de esta página en la opción "reclamos".
CREDIFAST se compromete a contestarle en menos de 24 horas, cualquiera sea el tenor de su queja.

Usted será llamado para recordarle su atraso y se le concederá un plazo para regularizar la situación. Si usted no abona dentro del plazo concedido o no conviene una nueva forma de pago, será inscripto en el registro de operaciones incumplidas de algún o algunos bureau de crédito.

¿Cuánto tiempo permanece la inscripción en el registro de morosos? Esto lo regula la Ley 18.331 (de Protección de Datos Personales y Habeas Data) que establece que un registro de operación incumplida podrá permanecer en la base de datos por un período de 5 años desde la fecha de incorporación del registro, pero si pasados los 5 años la obligación permanece impaga, el acreedor podrá solicitar nuevamente su registro, por 5 años más.

Esto le resultará muy fácil, porque los requisitos se flexibilizan al usted ya ser cliente.

Si. Si bien la empresa no le asigna una "línea de crédito", es decir un monto máximo hasta el cual se compromete de antemano a otorgarle crédito, según su ingreso y otros parámetros que integran lo que se llama "credit scoring", le permitirá realizar operaciones hasta cierto monto, sin solicitarle requisitos adicionales. Por tanto, no interesa la cantidad de operaciones que usted haga sino el monto total de deuda que asume.

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